Tipos de contratos de compraventa mercantil
Un contrato de compraventa mercantil es el acuerdo por el que una parte se obliga a entregar un bien y la otra a pagar un precio por él, y puede clasificarse según tres criterios: el plazo de entrega, el plazo de pago y la naturaleza de los bienes objeto de la operación. Conocer estas categorías ayuda a redactar acuerdos de compra más claros y a anticipar los riesgos que asume cada parte, tanto en operaciones nacionales como en el comercio internacional, donde las obligaciones de entrega y pago suelen fijarse con más detalle que en una compraventa entre empresas del mismo país. La clasificación que se resume a continuación tiene su origen en la práctica mercantil recogida por el Código de Comercio y, en última instancia, en la Lex Mercatoria, el conjunto de usos y costumbres que regula desde la Edad Media las relaciones entre comerciantes.
Tabla de Contenidos
1. Clasificación según el plazo de entrega
El plazo de entrega es el momento en que el vendedor debe poner los bienes a disposición del comprador. Según cómo se fije este plazo, se distinguen cuatro modalidades:
Compraventa de entrega inmediata
Un fabricante de mobiliario de oficina pide sillas al proveedor «ABC» con la anotación «entrega inmediata». La mercancía debe entregarse justo después de formalizar el pedido, sin margen adicional de tiempo.
Compraventa a plazo de entrega acordado
El mismo fabricante solicita las sillas con la anotación «entrega a finales de agosto» o «entrega dos meses después de recibido el pedido». La entrega debe producirse dentro de la ventana temporal pactada, sin necesidad de una fecha exacta.
Compraventa en firme con fecha de entrega fija
El fabricante pide las sillas con la anotación «entrega el 27 de enero». En este caso la fecha es exacta y vincula a ambas partes: solo con el visto bueno del comprador puede el proveedor adelantar la entrega respecto a esa fecha.
Compraventa por pedido abierto (entregas parciales)
Cuando se pacta la compra de un volumen elevado (por ejemplo, más de 1.000 sillas) pero se deja abierto el calendario de entregas, se habla de compraventa por pedido abierto. A diferencia de la compraventa por especificación (ver más abajo), aquí ya están cerrados todos los detalles técnicos del producto, y lo que queda pendiente es solo el ritmo de entregas: el comprador puede reservarse el derecho a fijar el momento de cada envío o a pedir cantidades parciales en fechas concretas.
Esta modalidad interesa al fabricante porque le permite negociar descuentos por volumen sin tener que asumir de golpe el coste de almacenar todo el pedido — un criterio que conviene combinar con un método de gestión de inventario que priorice qué referencias merecen mantener stock propio y cuáles conviene recibir por pedido abierto. Al proveedor, por su parte, le da visibilidad para planificar la producción con antelación, aunque a cambio asume la obligación de tener existencias suficientes para servir cada entrega parcial en la fecha acordada.
2. Clasificación según el plazo de pago
El plazo de pago determina cuándo debe abonar el comprador el precio pactado, y de él depende buena parte del riesgo financiero que asume cada parte de la operación.
Compraventa con pago anticipado
Cuando se pacta el pago total o parcial del precio antes de la entrega, se habla de compraventa con pago anticipado. Es habitual en pedidos con procesos de fabricación largos, como la construcción de barcos o aeronaves: el vendedor evita así tener que prefinanciar todo el coste de producción con recursos propios, y los pagos parciales sirven además como garantía frente al comprador. Un proveedor puede exigir el pago íntegro por adelantado, sobre todo, cuando el comprador es un cliente nuevo cuya solvencia todavía no ha podido comprobar.
Compraventa al contado
Si se acuerda pago al contado, el comprador debe abonar el precio en el mismo momento de la entrega. Cuando el proveedor «ABC» entrega las sillas mediante su propia flota de última milla y se ha pactado el pago contra entrega, el fabricante paga directamente al recibir la mercancía, en efectivo o por medios electrónicos, y el conductor actúa como apoderado de cobro en nombre del vendedor.
Compraventa con pago aplazado
Si el contrato fija un plazo de pago posterior a la entrega, el comprador debe abonar el precio a más tardar al final de ese plazo — en la práctica, el vendedor le está concediendo un crédito comercial. Una condición de pago aplazado habitual entre el proveedor «ABC» y el fabricante de muebles de oficina podría redactarse así: «pagadero en 10 días con un 2% de descuento por pronto pago, o a 30 días neto». El plazo se cuenta desde la fecha de la factura: si el fabricante paga a los 10 días, puede descontar ese 2%; si paga a los 30 días, debe abonar el importe íntegro. Cuando esta financiación entre empresas se instrumenta de forma más amplia (aplazando el pago de bienes o servicios más allá de lo habitual en una factura ordinaria), se conoce como préstamo comercial.
3. Clasificación según la naturaleza y calidad de los bienes
El tercer criterio de clasificación no atiende al cuándo, sino al qué: cómo se determina la identidad y la calidad de los bienes objeto del contrato.
Compraventa genérica y compraventa específica
Cuando el bien comprado puede sustituirse por otro de la misma clase sin alterar el contrato, se habla de compraventa genérica: una silla puede reemplazarse por otra similar sin que el fabricante de muebles de oficina sufra perjuicio. La compraventa específica es la situación contraria: el objeto es único y no puede sustituirse por otro equivalente, como ocurre con la compra de un cuadro original a un artista.
Compraventa a prueba o sobre muestra
En la compraventa a prueba (también llamada venta ad gustum), regulada en el artículo 1453 del Código Civil, la compra se realiza sobre la base de una muestra entregada previamente por el vendedor, y el contrato queda sujeto a que el comprador confirme que el producto se ajusta a esa muestra. El fabricante de muebles de oficina puede pedir al proveedor «ABC» un nuevo diseño de rueda para sus sillas indicando que debe mantener la calidad de las anteriores; el proveedor entrega entonces una muestra de la nueva pieza, y el pedido definitivo solo se confirma si esa muestra cumple los requisitos exigidos. Cuando la compraventa se pacta directamente sobre una muestra ya aceptada por ambas partes, el artículo 327 del Código de Comercio establece que el comprador no puede rechazar la mercancía si esta coincide con la muestra o con la calidad pactada.
Compraventa por especificación
En la compraventa por especificación se cierra la cantidad total del pedido (por ejemplo, más de 1.000 sillas), pero el comprador se reserva el derecho a concretar más adelante los detalles técnicos del producto, como la forma de la estructura o el tipo de ruedas. Esta modalidad permite al proveedor planificar la producción con la cantidad ya confirmada, mientras el comprador conserva margen para ajustar las especificaciones a las necesidades concretas de sus clientes.

