Franquicia, una relación contractual

La franqucia

Sistema de venta de productos de una firma comercial en una tienda de otro propietario y bajo ciertas condiciones económicas.

Según el diccionario de la Real Academia Española una franquicia es la concesión de derechos de explotación de un producto, actividad o nombre comercial, otorgada por una empresa a una o varias personas en una zona determinada. La empresa que cede los derechos se le llama franquiciador y la que los recibe franquiciado.

El origen de franquicia se remonta a la edad media, época en la que se otorgaban y concedían privilegios a los súbditos para realizar en determinadas zonas del reino actividades como la pesca y la caza. Y estas autorizaciones o privilegios se les llamaban franc.

La franquicia del franquiciado

La franquicia es un conjunto de derechos de propiedad industrial o intelectual relativos a marcas, nombres comerciales, rótulos de establecimientos, modelos, diseños, derechos de autor, know-how o patentes que deben explotarse para la venta de productos o prestación de servicios.

Generalmente el franquiciador obtiene sus ingresos a través de tres vías:

  • Un canon de entrada.
  • Un canon operativo
  • Y un canon publicitario.

El contrato de una franquicia es una forma de cooperación comercial entre empre­sas que son independientes y que tienen como finalidad fijar una red de distribución con una identidad común y mediante inversiones acotadas.

El tipo de contrato de una franquicia debe incluir, como mínimo, los siguientes aspectos:

  • Debe existir una cesión de derechos de la propiedad industrial o intelectual por parte del franquiciador.
  • La comunicación del franquiciador al franquiciado de un sistema de técnicas comerciales ya experimentadas, es decir, know-how. Este debe ser identificable de manera fácil, contener información que sea esencial y una descripción suficiente para su empleo.
  • Prestación continúa por parte del franquiciador al franquiciado de asistencia comercial o técnica durante la vigencia del contrato.
  • Y por último, unos compromisos que sean recíprocos de suministro y compra de productos.

En este tipo de contratos se adoptan las siguientes características:

  • De producto o industrial, ya que el franquiciado fabrica por sí mismo, según indicaciones del franquiciador y los productos que se venden bajo su marca.
  • De distribución que se basa en que el franquiciado se limita a vender ciertos productos en una tienda o punto de venta que llevan el nombre del franquiciador.
  • y por último de servicios, que se trata cuando el franquiciado presta un servicio bajo el signo, marca o nombre comercial del franquiciador siguiendo sus instrucciones.

La extinción del contrato de franquicia se puede finalizar por mutuo acuerdo, por la ex­piración del plazo convenido una vez finalizado el previsto en la duración del contrato (suele ser entre 5 y 10 años renovables por acuerdo expreso de las partes) o por el incumplimiento de las obligaciones.

Cuando se termina el contrato pueden darse varias circunstancias como que el franquiciado tenga que devolver el manual operativo (know-how) y restituya la marca al franquiciador; que el franquiciador esté en la obligación recomprar el stock según lo acordado en el contrato; o que el franquiciado se comprometa a no realizar competencia al franquiciador durante el tiempo pactado, que suele ser un año.

Algunas franquicias traspasan fronteras dando lugar a franquicias internacionales y de libre competencia. La exportación a través de un sistema de franquicia permite ahorrar recursos financieros, pero exige la creación de una estructura empresarial y el estableci­miento de un sistema de control y de promoción distintos.

¿Es posible montar una franquicia sin morir en el intento ni empeñar los ahorros de toda una vida? ¿Cuáles serían las claves para triunfar?